El fallo de la Audiencia Nacional sobre los derechos de formación de las jugadoras sub23 de Primera Iberdrola abre más preguntas que respuestas
Artículos anteriores sobre los derechos de formación y la lista de compensación:
A última hora de la mañana de ayer, los teléfonos de medios de comunicación, clubes, representantes y jugadoras recibían la buena noticia: victoria. Las jugadoras recogidas en la lista de compensación que habían ido a juicio a la Audiencia Nacional verían reconocida su libertad. En el auto, el fallo a favor de la demanda subsidiaria de Futbolistas On. Al leer la letra pequeña aparecen los primeros problemas. ¿Es una victoria real? ¿A quién afecta?
Cuando el sindicato Futbolistas On -al que se unió el Real Madrid- acudió a la Audiencia Nacional lo hizo con la pretensión primera de anular la lista de compensación. Eso era lo que se defendía, lo que se repetía incesantemente en los medios y lo que las jugadoras –las involucradas y las que no- habían entendido. La lista, que recogía cifras normales y cifras altas, había sido admitida por la Comisión Paritaria, compuesta por la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino y los propios sindicatos. Si bien es cierto que en el caso de Futbolistas On reconocen como un error haberla admitido, todo este problema se hubiera solucionado con la única cosa que parecen no saber hacer nuestros representantes del fútbol femenino: hablando. Negociando. Pactando. Algo que AFE se negó a hacer desde un primer momento. Esta guerra de sindicatos, incapaces de llegar a un punto de acuerdo entre ellos, es la que nos ha hecho llegar a la Audiencia Nacional.
En este punto, que era la demanda primera del sindicato, la Audiencia Nacional ha rechazado tal petición. Las listas de compensación son válidas. Sus cifras son válidas. El Artículo 20 del Convenio Colectivo de Futbol Femenino Profesional no se toca. Los clubes podrán seguir poniendo las cifras que consideren oportunas (mientras no exista un baremo FIFA que las someta, eso es, a la profesionalización de la Primera Iberdrola, como hemos señalado en artículos anteriores).
Por otra parte, Futbolistas ON incluyó en la demanda subsidiariamente que la Audiencia Nacional ratifique y señale que el Convenio Colectivo –que falta por salir publicado en el BOE- aplique, por el momento, solo a los firmantes. Y es aquí donde la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional les da la razón, en el carácter extraestutario del convenio. Y es aquí donde encontramos ahora los problemas. Problemas graves. Problemas que no afectan solo a la lista de compensación.
El carácter extraestatutario
La pretensión subsidiaria de declarar el carácter extraestatutario de forma que el Artículo 20 únicamente tuviera eficacia entre las futbolistas afiliadas a AFE o Futbolistas ON o a los clubes representados por la ACFF –en lo que queda fuera Real Madrid, FC Barcelona o Athletic de Bilbao- es un arma de doble filo. Por un lado, beneficia a pocos nombres de la lista. Por el otro, perjudica a decenas de futbolistas de Primera Iberdrola.
Comenzando por la Lista de Compensación, las jugadoras que a día de hoy han renovado con sus clubes percibiendo un aumento del 7% de la prima contemplada en este documento, pero no estén afiliadas a un sindicato o su club no pertenezca a la ACFF, podrían perderlo. Es el caso de las jugadoras del FC Barcelona: Candela Andújar, Carla Armengol, Claudia Pina, Gemma Font o Laia Codina. Además, desconocemos si el resto de jugadoras del EDF Logroño, Madrid CFF o Espanyol están o no afiliadas a AFE o Futbolistas ON, por lo que el rosario de nombres podría aumentar. En un lado de la balanza, las futbolistas que podrán salir a coste cero de forma inmediata de sus clubes si reúnen los requisitos, por el otro, las que perderán el aumento de su salario o incluso su renovación (aparecer en la Lista de Compensación implicaba, también, que el club estaba obligado a renovarlas si ningún otro satisfacía la cantidad estipulada).
Pero el fallo de la Audiencia no se limita solo al Artículo 20, sino a todo el Convenio. Por lo que cualquier futbolista del Real Madrid, FC Barcelona, Athletic de Bilbao o que no esté afiliada a uno de estos dos sindicatos ya señalados, queda fuera de todo beneficio del convenio. Esto incluye: protección por lesiones, plus de antigüedad, salario de 16.000 al 75%, vacaciones, etc. Lo que consigue este fallo de la audiencia es anular los derechos laborales de decenas de jugadoras hasta que se vea publicado en el BOE. Algo que ha costado tanto firmar, con lo que muchas jugadoras han colgado las botas tranquilas después de tantos años de lucha, vuelve a quedar una vez más en un papel mojado. No es una victoria. Es una evasión. Es una victoria para cuatro nombres señalados de una lista, es una derrota para el resto.
La publicación en el BOE
El Convenio Colectivo de Fútbol Femenino sigue sin estar publicado en el BOE, por lo que sigue sin carácter oficial. Esto se debe a una demanda interpuesta por UGT al punto de las elecciones sindicales como ya hemos hablado en otras ocasiones. Pero, ¿qué pasará cuando el Convenio se publique y tenga carácter oficial?
El Convenio marca de forma efectiva el carácter retroactivo del mismo. Fuentes consultadas por Futboleras señalan que la Lista de Compensación tendrá ese carácter retroactivo. Futbolistas ON, en su nota de celebración del fallo, no habla en ningún momento de este carácter que hará que todo lo conseguido en el día de ayer quede en nada en unos meses. Estaríamos en una situación por la que las cifras estipuladas en la Lista de Compensación no tendrían efecto inmediato en jugadoras no adscritas a ningún sindicato, ni clubes fuera de ACFF deberían pagar o cifrar por ellas, pero que, una vez sea publicado, sí que debería abonarse la cantidad requerida.
El BOE es lo que dará carácter oficial al Convenio Colectivo del Fútbol Femenino español. La publicación, retrasada injustificablemente, devolverá los derechos que han sido arrebatados en la mañana de ayer a decenas de jugadoras. Por mucho que duela, la victoria parcial de esta demanda no beneficia al fútbol femenino en absoluto. Es una derrota si lo que se pretendía era anular las listas –los derechos formativos son y serán siempre necesarios en el fútbol que queremos que sea profesional- y lo es también al dotar de carácter extraestatutario al Convenio si con ello se beneficia temporalmente a muy pocas jugadoras y se perjudica gravemente en el tiempo a decenas.
Tenemos que quedar a la ventura y buena voluntad de los clubes para pedir, casi rogar, que no dejen en la estacada a las jugadoras afectadas por este fallo. Para que cumplan lo que prometieron, aunque no les obligue ningún documento legal. Para que estas tengan los mismos derechos que las que juegan en clubes de la ACFF o los de sus compañeras afiliadas a dos sindicatos. Lo único que pedíamos era la igualdad efectiva de nuestras jugadoras. Algo que se nos ha robado una vez más. Como siempre, por no saber hablar y escuchar.